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CARTA
ABIERTA A LOS PODERES DEL ESTADO Y A LA OPINIÓN PÚBLICA
Montevideo, 18 de mayo de 2006
Quienes suscriben el presente documento, ex Comandantes en Jefe del
Ejército Nacional, sienten la necesidad de dirigirse a
los Poderes del Estado de la República y a la opinión
pública para expresar que:
En diferentes momentos hemos ejercido la conducción de la Fuerza
manteniendo > unidad de criterio en lo referente a su
esencia, honor, valores y tradición.
Esta valoración incluyó la
defensa de sus integrantes, a quienes se atribuían
violaciones a los derechos humanos en la lucha contra el
terrorismo. Sustentaba esta posición, el principio que
aquellos que actuaron en cumplimiento de órdenes
de su Mando y más aún en esta especial situación, lo
hacían bajo la responsabilidad de la propia Fuerza, en
la persona de su Comandante.
En ese contexto se debe considerar que en marzo de 1985
se otorgó una amnistía por ley a quienes habían
cometido delitos vinculados con el terrorismo
sedicioso, que alcanzó incluso a detenidos y requeridos
aún prófugos, muchos de ellos vinculados a hechos de
sangre.
Esta Ley de Amnistía
inicialmente y posteriormente la Ley de la Caducidad de
la Pretensión Punitiva del Estado, procuraron aunque a
la fecha sin éxito, establecer la convivencia
pacífica y la armonía entre los diferentes segmentos
de la sociedad, reparando injusticias y excesos
ocurridos, como única solución y con la mirada
siempre puesta en el futuro de la Nación.
Por otra parte, los
Comandos de las Fuerzas Armadas emiten en el año 1986,
una declaración que expresaba textualmente: " ...
cuando se producen desencuentros entre los
sectores que componen una sociedad, de magnitud tal
que no se logre conciliar un punto de entendimiento y la
crisis trae como consecuencia el quebrantamiento
de la legalidad vigente, como la que culminara
en junio de 1973, con ella también se pierden los puntos
de referencia a que se deben ajustar la conducta y
la conducción misma y que los hechos derivados de tal
situación, cometidos por integrantes de las Fuerzas
Armadas, son de su responsabilidad, por acción u
omisión, por lo que no puede ésta recaer en sus
subalternos sin crear una situación de grave lesión al
ascendiente moral
que sustenta el principio de autoridad, rector de
la subordinación, disciplina e integridad de la
Institución Militar " . " Por lo expuesto expresan al
Señor Presidente y ante el país, la firme
determinación y el compromiso de continuar velando
por la conducta y el comportamiento de todos y cada uno
de sus integrantes y por el afianzamiento de las
instituciones democráticas para forjar un futuro
sin odios, de entendimiento, paz y esperanza."
Luego sobrevino la
instancia del Referéndum promovido por un sector de la
población, quedando laudado democrática y
definitivamente el sentir colectivo de un pasado de
intolerancia, conflictividad, sufrimiento y dolor, con
lo que pareció haberse dado vuelta la página con
una solución a la uruguaya.
En los tres períodos de
gobierno subsiguientes, hasta el 28 de febrero de 2005,
quienes como integrantes del Poder Ejecutivo, ejercieron
el Mando Superior de las Fuerzas Armadas, mantuvieron el
espíritu de la citada ley por encima de toda otra
interpretación, ante diferentes demandas planteadas
tanto > en nuestro país como desde el exterior.
Funcionó en el período
anterior de gobierno la llamada "Comisión para la
Paz" que tuvo, a expresa determinación del Poder
Ejecutivo de entonces, una intención humanitaria
superior para con los familiares de ciudadanos detenidos
- desaparecidos, sin efectos en el plano jurídico.
A partir del 1º de marzo de
2005, diversos actos de gobierno han pautado una
interpretación diferente de la Ley de la Caducidad de la
Pretensión Punitiva del Estado, cuyos efectos se hacen
sentir en nuestra Fuerza poniendo a su Mando frente a
situaciones no vividas por quienes suscriben. Como
consecuencia, varios camaradas en actividad y retiro han
debido concurrir a Juzgados por citaciones en distinta
calidad, relacionadas con hechos del pasado contemplados
por la Ley de la Caducidad, referidos a situaciones de
enfrentamiento armado con muertos en ambas partes, lo
que nunca antes había sido considerado.
Todo lo actuado se había
mantenido en el plano interno de la Nación, en el que
más allá de posiciones y controversias por fuertes que
fueran, continuaba primando el criterio ancestral de que
los problemas de los uruguayos se arreglan entre los
uruguayos, postura que se ha fortalecido con conflictos
actuales de pública notoriedad.
Pero en casos recientes y en
algunos otros en trámite, se ha variado radicalmente,
tanto en la interpretación que se le pretende dar a la
norma legal referida, como a la posibilidad de legislar
al respecto, aspecto este último desactivado ante la
evolución de acontecimientos afines, abriendo el paso a
la Justicia de otros países para que actúen sobre
camaradas nuestros, ciudadanos de esta Nación, por los
hechos ya mencionados. Se refuerza entonces, nuestra
convicción en el sentido que si es responsable el
Ejército y su Mando por hechos del servicio o como
consecuencia del mismo, cumplidos en el país, ello vale
con mayor énfasis para lo que eventualmente sea
fuera de él.
Finalmente y complementando
lo enunciado precedentemente, hemos considerado los
siguientes aspectos que constituyen los fundamentos
básicos de nuestra declaración.
La primera y más vieja
consigna del Mando Militar a la que nos aferramos de por
vida, establece que el Jefe es responsable de lo que
hacen sus subordinados.
La adhesión que les
inspira el dolor de todos los compatriotas que han
perdido a seres queridos en los enfrentamientos del
pasado reciente.
El apoyo incondicional que
mantienen al Ejército y su Mando natural, respetando la
lealtad a que está obligado por su encuadramiento
constitucional y legal.
El compromiso con el
Ejército y con la Nación que les es propio por su
condición militar y por el cargo que ejercieron y el que
deriva de la herencia institucional expresada en la
declaración de los Mandos Militares de 1986.
Por lo expuesto, quienes
suscriben la presente declaran que comparten y asumen
plenamente las responsabilidades Institucionales y sus
eventuales consecuencias, por los actos del servicio
cumplidos por los integrantes del Ejército, como un
compromiso solidario e intransferible.
FIRMADO POR
TTE.GRAL. GREGORIO ALVAREZ
TTE.GRAL. CARLOS BEROIS
TTE.GRAL. GUILLERMO DE NAVA
TTE.GRAL. JUAN REBOLLO
TTE.GRAL. JUAN CURUTCHET
TTE.GRAL. RAUL MERMOT
TTE.GRAL. FERNAN AMADO
TTE.GRAL. JUAN GEYMONAT
TTE.GRAL. CARLOS DANERS
TTE.GRAL. SANTIAGO POMOLI |